domingo, 10 de agosto de 2014

SEGUNDA PARTE: Capítulo Tercero: HISTORIA PISQUEÑA: I.- Fundación de Sangalla o Lima la Vieja

CAPITULO TERCERO


HISTORIA PISQUEÑA


I.- FUNDACIÓN DE SANGALLA O LIMA LA VIEJA



Los españoles habían consumado la realidad  de la conquista del  país más rico del Continente americano, observaron que asimismo había llegado la hora  de su establecimiento por lo que pensaron en dar una capital a la  dominación o sea la gobernación de Pizarro, que por sí sola constituía casi todo lo que es hoy el Perú.

Con este fin Pizarro y los suyos después de la fundación española del Cuzco, efectuada el 23 de Marzo de 1534, se dirigió a Jauja, en esta oportunidad le acompañaba el inca Manco II; se regocijaba en hacer la fundación de Jauja cuando supo por el capitán Gabriel Rojas, quien había salido para Nicaragua con el propósito de reunir gente por encargo de Pizarro, pero allí, el Adelantado Pedro de Alvarado se apodero de los efectivos que traía Rojas, éste al verse desposeído de sus hombres, le trajo esta nueva Pizarro, de que el Adelantado se dirigía al Perú. Sabedor Pizarro envió al Mariscal Diego de Almagro para que comprobara la evidencia; desde Andahuaylas emprendió Almagro viaje hasta Quito. En este país el Adelantado Alvarado que tenía su gente en tierra, su Capitán Fernández seguía al sur del litoral para explorar tierras que estaban más allá de los Chinchas. Es esa oportunidad que llega aguas Pisqueñas (la primera expedición por  mar) paraje que se le reconoció con el nombre de Sangalla.

Sangalla, según la capitulación de Toledo y otras reclamaciones hechas por Pizarro, estaba comprendida en la gobernación del Adelantado y Capitán General.

Por medio de la Real Célula del Rey Carlos cedía hasta Sangalla.

Don Carlos. – Por cuanto a la capitulación e asiento que mandamos tomar con vos el Capitán Francisco Pizarro sobre la conquista e población de la provincia del Perú, e ciudad de Tumbes vos dimos licencia e facultad para que por nos y en nuestro nombre de la Corona Real de castilla pudieredes continuar al dicho descubrimiento, conquista e población de la dicha provincia del Perú, hasta doscientas leguas de tierra por la mesma costa, las cuales comenzasen desde el pueblo que en lengua de los indios dicen tumbula y después se llamó Santiago, hasta llegar al pueblo de Chincha, e agora Sebastián Rodríguez en nombre de dicho Francisco Pizarro hizo relación que vos pues habéis descubierto e pacifiado  a costa e trabajos de vuestra persona delante de Chincha de lo que entraba en vuestra Gobernación,  hasta sesenta leguas, que son los cacique Coli y Chili, e nos suplicó, en vuestro nombre, vos hiciéramos merced de mandar que entrasen en los confines de vuestra Gobernación e fuese todo el límite, porque están en la costa e sirven de gran provecho e utilidad vuestra que todo estuviese e debajo de la dicha gobernación e de las personas que lo pacificó, conquistó, e siendo como era del señorío del  cacique de Atavaliva, que nos asi conquistases o que sobre ellos proveyésemos como la vuestra merced fuese, nos actuado los susodicho y los servicios que vos e dicho Francisco Pizarro  nos habéis fecho en el dicho descubriendo del Perú,  y los que esperamos que nos habéis de aquí adelante e por vos facer  merced, queremos a vuestra voluntad vos alargar los límites de la dicha Gobernación en la tierra de los dichos casiques nombrados Coli y Chili con que excede las sesenta leguas de costa que debíamos mandar esta vuestra carta en la dicha razón nos tuvimoslo por bien e por la presente prolongamos e alagamos a vos el dicho Capitán Pizarro, los límites de la dicha Gobernación en la tierra de los dichos cacique nombrados Coli e Chili, con que nos excede  de sesenta leguas luengo de e costa que debíamos mandar esta vuestra carta en la dicha razón nos tuvímoslo por bien  por la presenté prolongamos e alargamos a vos, el dicho Capitán Pizarro, los límites de la dicha Gobernación en la tierra de los dichos casiques nombrados Coli e Chili, con que nos excede de sesenta leguas luego de costa, que debíamos mandar esta vuestra carta en la dicha razón nos tuvimoslo por bien e por la presente prolongamos e alargamos a vos, el dicho Capitán Pizarro, los límites de a dicha Gobernación en la tierra de los dichos caciques nombrados Coli e Chili, con que no excede de sesenta leguas luengo de costa que debíamos mandar esta dicha carta en vuestra razón nos tuvimoslo por bien  e por la presente prolongamos e alargamos a vos, el dicho Capitán Pizarro,  los límites de la dicha Gobernación en la tierra de los dichos caciques nombrados Coli e Chili, con que no excedan de las dichas leguas luengo de costa, e entre en los límites de la dicha Gobernación bien así y tan cumplidamente como si en la provisiones que de ellos voz dimos fuese encorporado e metido, e por la presente e corporamos e metimos en ella en conformidad de las dichas provincias tengas la vuestra justicia civil, criminal en las ciudades, valles e lugares, que en el la tierra de los dichos casiques donde se acabaron las dichas sesenta leguas de luengo, estuviesen poblados e poblasen de aquí adelante con los oficios de justicia de que en ella hubiere e por esa vuestra carta mandamos a los consejos, justicias y Regidores oficiales e hombres buenos de las dichas ciudades, villas lugares que así están poblada en la dicha tierra de la manera que los soís y virtud de las dichas provincias que de él nos tenéis. De la cual mandamos dar esta carta sellada con vuestro sello, dado en la ciudad de Toledo a cuatro días del mes mayo año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil quinientientos treinta y cuatro años. Entiandeses que las dichas leguas se han de contar demás de las doscientas leguas por la primera capitulación que con nos se tomaron, mandamos señalar de manera que han de ser por todas doscientas sesenta de gobernación que luengo de Costa, YO EL REY. Don Francisco de Cobon comendador mayor de León secretario de su casa real Magestad, la hice escribir por mandato – Francisco Cardenales. E Dr. Beltran – Licenciado Xuares de Carbajal. El Dr. Bernan, el licenciado Mercado de Peñaloza. Registada Bernardarios—por Caciller blas de Saravia”. (1).

Con esta provisión ya en proceso a conseguir se venían sucediendo los acontecimientos que dejamos con la expedición del adelantado Alvarado que llegó a Sangalla, para penetrar al territorio de la Gobernación de Pizarro  pero con precaución Pizarro  ordeno al Capitán  Almagro, a fin de venir en un convenio, que fue concebido por lo que Alvarado entregaba sus buques y soldados a cambio de cierta cantidad así se evitaba disturbios el Gobernados a la vez que se dedicaba a buscar un sitio en los llanos, ya que la fundación de Jauja como Capital, hacía ver cuán difícil era defender la Gobernación por lo lejos de la Costa y como otro inconveniente se encontraba que el clima de Jauja ere imposible de habitar, todo esto pues apuró el hecho de buscar que realizar otra fundación donde se trasladaría la de Jauja, lo que tuvo Francisco Pizarro que ordenar en 29 de noviembre de 1534, para que el cabildo deliberara  sobre la conveniencia de la fundación de la ciudad en la Costa.

Después de una larga discusión en el Cabildo de Jauja, en que se nos tomó al parecer de los vecinos que estaban por que se hiciese la fundación en los llanos y bajo acta firmada ante el escribano de la ciudad de Jauja, se dispuso de una comisión que fuese en busca de sitio donde se hiciera la nueva fundación que correspondería a la Capital de la Gobernación de Pizarro o Nueva Castilla.

 (2) “Comisión para que busque el mejor sitio para hacer el pueblo.
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(1) Los Cabildos de Lima – Real Cédula, aumentado sesenta leguas la Gobernación de Pizarro – pág. 147.
(2) La Fundación de la ciudad de los Reyes – Juan Bromley – Lima – 1935 – pág. 172.

 “En la ciudad de Xauxa cuatro días de mes de diciembre de mil quinientos treinta cuatro años estando en su cabildo e ayuntamiento los nobles señores Juan morgovejo de quiñones teniente gobernador e Alcalde hordinario e Sebastián de tores alcalde hordinario de esta dicha ciudad e García de Sazedo e Gregori de Sotelo Regidores de esta dicha ciudad entre otras cosas que platicaron e cumpnderas al servicio de dios e de su majestad dixeron que por cuanto el  señor gobernador avía acordado de mudar esta dicha ciudad a los llanos e costa por ende que acordaban que el vedor García Salcedo e Rodrigo de mozuelas regidores desde ciudad vaya a ver la costa e lugar donde más mejor le pareciere que convenga al servicio de sus majestad e al bien de los vecinos o moradores de la que la dicha ciudad  se asyente en que vean e miren que tenga las cosas necesarias  a cualquier buen asyente de pueblo debe tener e para ello dexiro que les  daba e dieron poder según que ellos tienen con todas sus descendencias e dependencia s anexidades e lo firmaron de sus nombres e para que puedadn requerir al dicho señor Gobernador que asyente el dicho pueblo donde ellos mejor le pareciere Juan Morgovejo Sebastián de thoRes – Garcia Salcedo – Gregori de Sotelo.”


      Nombrada esta comisión dio en los llanos con la región de Pisco (Sangallan) y que según su parecer era bueno para que allí fundase y traslade la de Jauja. Fue entonces que don Francisco Pizarro nombra a don Nicolás de Ribera el viejo, para que funde la población de Sangallan (3) “envió don Francisco Pizarro a don Nicolás de Ribera el viejo con el título de Capitán y Teniente General a la costa de Pachacamac a tomar posesión del Rey, y que poblase un pueblo, izo asi el de Sangallan…” Esto e hizo cuando vuelta la comisión certifico ser buena y reunir las condiciones que toda fundación de ciudad española debía tener. Al respecto según los requisitos y condiciones estaban puntualizadas en la ordenanza N°. 11 daba por el Emperador Carlos V. en 1523 (4).

  1°. Elección de la Provincia donde se la hubiera de poblar y determinación del lugar que ocupara la población.
  2°. Que el sitio elegido para la nueva población se halle vacante, sin perjuicio de los Indios o naturales, o con el consentimientos de estos.
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(3) Fray Antonio de la Calancha – Cap. CXXXII — pág. 235 – 755  – Crónica en Moralizadora del Perú.
(4) Recopilación de Leyes de Indias – Ley la. Título VII – libro IV.

  3°. Hecha la planta del lugar, sea este repartido por sus plazas, calles y solares, a cordel y regla, comenzado desde la plaza mayor, y sacando desde ella las calles a las puertas y campos principales y dejando tanto campo abierto que aunque la población vaya en decrecimiento, se pueda siempre proseguir y dilatar en la misma forma.
  4°. Que el agua este cerca de la población y que se pueda conducir al pueblo y heredades, derivándola, si fuera posible para aprovechar de ella.
  5°. Que en el lugar designado existan:
  a). Materiales de construcción.
  b). Tierra de labor, cultura y pasto.
  6°. Que no se elijan sitios para poblar lugares altos por la molestia de los vientos, y dificultad en el servicio y acareo; no en lugares muy bajos porque suelen ser enfermos. Conviene que la fundaciones se hagan en los lugares medianamente levantados a fin de que estando descubiertos gocen de los vientos del norte y medio día.
  7°. Si las poblaciones se hicieran en los lugares donde hubieran sierras o costas, que estas queden al levante o poniente de la población.
  8°. Si la población tuviera que estar en sitio alto, elijase que no estén sujetos a nieblas, buscando observaciones de lo que más convenga a la salud de la población.
  9°. Si la población se edificase a la ribera de un rio dispóngase ella de manera que, saliendo el sol, de primero en el pueblo que en el agua.

  En Sangallan sin duda alguna reunió los requisitos que están señalados por las ordenanzas reales ya que el gobernador ordeno que allí lo hiciera Don Nicolás de Rivera el viejo.

  La fundación de Sangallan fue precipitada ya que por esos mismos días se tenía una nueva invasión parecida a la de Pedro de Alvarado que para suerte e Pizarro, termino en forma pacífica. Pero se debemos asegurar que Sangallan fue fundada por Rivera el Viejo, con treinta Españoles, más los mismos que al realizarse la fundación de Lima se trasladaron a ella. Los nombres  de estos Españoles no han podido ser identificados, pero todos los historiadores, al referirse a Sangallan coinciden que ella hubieron treinta.

  Se presenta ahora una versión discutible sobre esta fundación de Sangallan y es si se llegó o no a realizarse en forma permanente, más se dice que no tuvo las formalidades de una verdadera función que solo fue una guarnición al cuidado de la costa.

Esto deja margen a decir que de ser como en lo segundo y aun en lo primero se duda, no se hubiese tomado las precauciones  que según ordenanzas vigentes se tomaron, son estas:
  1°. Determinación de la comarca donde debía fundarse la población. (si se trataba de mudar o cambiar de sitio de una población ya hecha o  determinado debía justificarse las razones de mudanza, con información del procurador de la ciudad, voto aprobatorio de los vecinos y resolución de cabildo). Se el cabildo de Jauja resolvió que se hiciese la mudanza de la nueva población  tuvo que llevarse a cabo, puesto que nombró  una comisión y por último fue designado el fundador de Pizarro.

  Sangallán fue de las ciudades fundadas antes de la de Lima y l primera en la región más sur de Perú o Gobernación de nueva Castilla; pero población no progreso y que quedaron sus cimientos diseñados, hacen caso omiso de ella; pero cuando se trata de la fundación de Lima, siempre se menciona la fundación de Sangallán. Más después de haberse mudado con otro nombre a la orilla del mar, de aquí se encuentre mención de una población con el nombre de Magdalena de Pisco. Cuando se fundase Sangallán los naturales consejeros a los Españoles que lo hiciesen mejor a la orilla del mar; pero como medida estratégica procedieron a realizarla en la que hoy se conoce con el denominativo LIMA LA VIEJA.

  Habíamos dicho que Sangallán se considera entre las poblaciones fundadas antes que la de Lima.

  (6) SANGALLAN.- La fundación del pueblo de Sangallan, en el valle de pisco, por Nicolás de Rivera, el viejo, la refieren en la forma vaga los cronistas de Indias. Es indudable que no se trató de hacer una verdadera fundación de ciudad en ese lugar. Ni mucho menos en Sangallan o Lima la Vieja, como se le ha llamado, debía ser ciudad Capital de la Costa”. El autor quería decir capital de Nueva Castilla, Gobernación de Pizarro.

  “parece que Sangallan fue un punto en que por las mismas razones de la presencia por esos lugares del Piloto Juan Fernández. Se estableció  una guarnición española, al mando del referido el Viejo, aunque para comodidad de los españoles se recomendaron construir allí algunos edificios, cuyos vestigios permanecen hasta ahora. En la acta de fundación de Lima se ordena que la población de Sangallan se pase a la ciudad que se fundaba.
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(6) Ciudades fundadas antes que Lima - Juan Bromley.- Oba. Cta. - pág. 23.

Pero no se alude absolutamente, a la circunstancia de que hubiera sido una población que pudo ser principal, como ocurre en la misma acta en la referida de Jauja, que se dice fue establecida con el carácter provisional hasta que se viera mejor territorio conquistado. ¿En esta forma no sería el territorio mejor conquistado el de la Región de Pisco que se encontraba cerca al mar y casi en el fin de la gobernación tan importante?

  “Sangallán llena una necesidad militar inmediata, y su precaria población desapareció tras muy cortos meses de existencia”. En verdad no desapareció, si no que se trasladó a la orilla del mar, tal como la veremos avanzar una estabilidad y notoriedad en la vida de la colonia.

  Desde luego Sangallán fue fundación española, hecha por don Nicolás de Rivera el Viejo, que no haya quedado documentación alguna, es cosa muy distinta de querer negare el patrimonio de haber sido fundada antes que la de Lima con el carácter de verdadera fundación española. Se afirma que esta fundación asistió un sacerdote, personaje que era capital importante en esta clase de ceremonias. (5) “Es de suponer que Pizarro, para la fundación (de Lima) trajo un cura de Jauja o que llego de Sangallán”. Este mismo autor señala como españoles que vinieron de Sangallán a la fundación de Lima: Don Nicolás de Rivera el Viejo, Alonso Palomino Cristóbal de Peralta; es muy posible que estuvieran; Pedro Martin de Sesilia, Francisco de Villacastin y el mismo Alonso Martin de don Benito que por ser nombrado por Francisco Pizarro para ver el sitio del cacique de Rímac vino de Sangallán. Anteriormente se había encontrado el mismo sitio de Sangallán Pizarro, se pasó a Pachacamac. (7). Siguiendo la cita de Antonio de la Calancha hasta por el espacio de ocho días durante los cuales aprecio las condiciones de este lugar y no habiéndole el establecimiento de la nueva población decidió marchar a Pachacamac llegando el ocho de Enero de mil quinientos treinta y cinco”.

  Mucho después de fundada Lima y abiertas las hostilidades entre los conquistadores, sobre las pretensiones de la ciudad del Cuzco, Almagro fundo el pueblo de Santiago de Chincha Baja mientras se realizaba el convenio de Mala entre los representantes por ambos conquistadores en discordia; en el mismo convenio de acordó que mientras se averigua ante el Rey los límites.
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(5) Juan Bromly obra citada.
(7) Otra citada.

De las Gobernaciones, Almagro y su gente se trasladaban a Sangallán, tal vez al establecerse el Mariscal Almagro Sangallán le da el nombre de Magdalena, pues se dice que Almagro nombró Alcaldes, Regidores y lo necesario en todas nueva población, según lo manifiesta el tesorero del Rey Espinar (8).

Se puede decir, que este, todo el proceso histórico sobre la fundación de Sangallán o sea de la población primitiva a la fundación de los Reyes o la  actual Lima, pudiéndose considerar para Pisco, en los acontecimientos de su proceso y acerca de los canales de su historia de primera magnitud en los primeros días de la época de la conquista española.
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(8) Documento inéditos de la conquista de Chile – Medina – Fernando V.



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