miércoles, 13 de agosto de 2014

TERCERA PARTE: Capítulo Séptimo: ÉPOCA DE LA REPÚBLICA: I.- La Villa y el Puerto de la Independencia de Pisco

TERCERA PARTE


CAPITULO SÉPTIMO


ÉPOCA DE LA REPÚBLICA


I.- LA VILLA Y EL PUERTO DE LA INDEPENDENCIA DE PISCO

LEY DE 1832



En el congreso de 1832, se contempló la importancia que la provincia de Pisco había temido durante la independencia nacional, y en América a su trascendental rol desempeñado en esa época, el proyecto de ley que se presentó con el propósito de dar un reconocimiento justo y digno, según el proyecto de Ley aludido, era el de nombrarle Villa y Puerto de la Independencia.

Al presentar el congreso proyecto de ley se tuvo en consideración el parecer de la jura departamental de Lima, quien informada de los méritos del distrito informó a favor de que debía cambiarle el nombre que aún tenía que era Villa de la Concordia de Pisco desde 1689.

Según ley de 22 de Noviembre de 1832 se dispuso que la denominen “Villa y Puerto de la Independencia”

El Congreso:

De la República Peruana

En vista del acuerdo de la Junta Departamental de Lima, sobre que la Villa de Pisco, se titule Villa de Pisco se denomine Villa y Puerto de la Independencia, ha dado el siguiente:

DECRETO:

La Villa de Pisco se denominará “Villa y Puerto de la Independencia”
 
__________________________________________________________________________
(1) Colección de Leyes del Perú – por el Dr. Juan Oviedo – Cap. XXV – Demarcación y títulos locales – Tomo IV.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario a su cumplimiento mandándole imprimir, publicar y circular.

Lima, 22 de Noviembre de 1832.

Manuel Tellería, presidente del Senado.- Francisco de Paula G. Vigil, vice-presidente de la Cámara de Diputados, José Gregorio de Mata, senador Secretario – Manuel Mariano Basagiota, diputado suplente.

Lima y Noviembre de 24 de 1832.

Publíquese y comuníquese. Una rúbrica de S. E. (Agustín Gamarra General). Por orden de S. E.- Ríos.

Oficialmente al pueblo, de Pisco se le denomina, desde entonces Villa y Puerto de la Independencia, tal se puede observar en la diputación, esto parece crea predominio hasta antes de la guerra con Chile, pero por otra parte podemos asegurar que jamás se le dejó de llamar Pisco, lo que hizo que tradicionalmente se le denominara con su verdadero nombre aunque desapareció el denominado de Concordia que ya hemos dicho lo llevaba desde 1689.

Por esto cuando se le reconoce en la categoría de ciudad por el mismo conducto regular se le denomina ciudad de Pisco y no de Independencia.

Era un título más que conquistaba en su patrimonio político entre los pueblos del litoral sur del país; sucesivamente hemos de observar que sus méritos crecen constantemente tesonera y brillante en sus anales históricos; pero debía ser el único, pueblo que ostentara de esa sola época de la independencia, no solo el nombre o título que se le agregó por la fecha 24 de Noviembre de 1832; debía haber sido conjuntamente a ese título el pueblo que primero consagrara los óptimos frutos que el Perú ha conseguido con su independencia; pero cara realidad, si alguna vez se han pensado hacerlo así, todo ha sido proyecto encunado en buenas intenciones, pero faltos de toda realidad; Pisco es el último pueblo donde la significación del 8 de Setiembre guarda el carácter de solo una fiesta escolar profana, ante un insignificante obelisco en Paracas con un busto apócrifo y anónimo de ser el general San Martín “A” la posteridad con esto no dejamos sino una lección de indiferentismo.


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